jueves, 31 de octubre de 2013

17 de noviembre, Elecciones Presidenciales ¿Quiénes son los candidatos?

Las próximas elecciones presidenciales, son las que mayor cantidad de candidatos tendrán en nuestra historia política.   En efecto, nueve candidatos que buscan representar las aspiraciones de los chilenos, esto, de la mano de otro hecho histórico, la primera vez que se celebran elecciones presidenciales con voto voluntario.
De acuerdo al sorteo realizado por el Servicio Electoral, el número 1 en la cédula electoral será Franco Parisi, quien inició su campaña plagado de adjetivizaciones, tales como “apitutados”, “amiguis”, a los que quiere jubilar, además parte como denunciante y termina como denunciado y luego del debate de ANATEL enfrenta su primera “crisis de gabinete”, desvinculando en cámara a su jefe de prensa Patricio Mery, a quien poco tiempo atrás había mencionado como Ministro Secretario General de Gobierno.
En segundo lugar, en la cédula aparecerá Marcel Claude aparecía como el que podía amagar a MEO, pero cedió terreno, se pasmó y quedó impávido ante la arremetida de Parisi, además termina la campaña dando explicaciones por el no pago de sueldos de trabajadores suyos, cuyo despido fue declarado nulo e injustificado por un tribunal y con una casa embargada por no dar cumplimiento a lo dispuesto por la justicia, o sea, cometiendo las mismas prácticas que critica en los empresarios.
Tercero estará Ricardo Israel, se incorpora al final a la carrera presidencial, coloca su énfasis en los temas regionales ante quienes tienen más posibilidades de ser electos, es formal, casi solemne, no etiqueta a nadie, no ironiza, tampoco calienta mucho.
Por su parte, Marco Enríquez–Ominami, con el número cuatro en la papeleta, fue candidato el 2009, obtuvo un 20%, fundó un partido, lo que parecía se podía transformar en la plataforma con que no contó en las elecciones anteriores, pero olvidó una cosa, las primeras impresiones sólo se dan una vez, la primera y hoy no muestra el ímpetu de remoción política que tuvo el 2009.
Le sigue en quinto lugar Roxana Miranda, que se presenta como la representante de la base social, aquellos que no tienen casa, los que sufren con la tarjeta BIP en el transantiago, aquellos que se cosen solos la ropa, los que siempre deben votar, pero que nunca pueden ser votados.   Adjetiviza.   Pero en definitiva es la expresión del hastío, del aburrimiento de los abusos, de rebelión a la política del bono, pero un hastío que aún se canaliza institucionalmente.   Todos le valoran sus quejas, de los ataques que ha sido víctima, todos solidarizan con ella, pero nadie cree que vaya a instalar un tema de política pública en la agenda nacional.
Con el número seis aparecerá Michelle Bachelet, autora de la frase que “nadie se repetirá el plato” en las elecciones del 2005 y hoy es ella quien se repite el plato y como tiene conciencia de que es muy posible que vuelva a gobernar cayó en la obsesión de las indefiniciones, como estrategia de cautela.
En séptimo lugar está Evelyn Matthei, en una posición incómoda, porque representa la continuidad de un gobierno, como tal, depende del apoyo de los ministros, y principalmente, de lo que haga por ella el Presidente de la República que cuenta con bajo apoyo en las encuestas y que sus atributos personales no le dan credibilidad, confianza, ni carisma, eso, sin entrar a lo que es la evaluación del gobierno.
El octavo es Alfredo Sfeir, todo un bicho raro, desde su vestimenta hasta su historia como ex ejecutivo del Banco Mundial, entidad muy conservadora, pero carece del carisma de Manfred Max Neef o del conocimiento Público que se tenía de Sara Larraín.
Finalmente, aparecerá con el número nueve Tomás Jocelyn–Holt quien demuestra que carece de ideas de políticas públicas, pero que sí tiene una gran idea, se considera personalmente dotado para ser presidente y le cuesta creer que en Chile nadie se dé cuenta de ello.
Estos son los candidatos ¿quién será el ganador?   Lo sabremos el 17 de noviembre, lo claro, es que la democracia chilena, no se encuentra amenazada en esta vuelta.

martes, 21 de mayo de 2013

Primarias, primarias, primarias!!!!

En Chile, con particularidad en los actores políticos, hay expresiones que se tornan comunes elección tras elección, son ideas que generan ciertos consensos transversales, los que muchas veces más que por convencimientos profundos, se producen porque teóricamente si no se adhiere a ellos se genera una distancia con la ciudadanía, finalmente con el electorado.
Fue así  como hace algunos años y tras el paulatino descenso de los inscritos en los registros electorales, se instaló en nuestra clase política, principalmente en Renovación Nacional y la mayoría de la Concertación la idea de que se generaría mayor participación si se abría paso una inscripción automática y al voto voluntario, cuestión que se materializó reformando la Constitución Política de la República en marzo de 2009, sin embargo, sólo tuvo su debut en las elecciones municipales de 2012.   Poco tiempo pasó, para que se comenzara a instalar en nuestra clase dirigente la convicción de que lo realizado había sido un fracaso, de hecho, un ex Presidente de la República asume como un error haber impulsado tal iniciativa.   Para saber la magnitud del fracaso tendremos que esperar un tiempo mayor y evaluarlo con el resultado de las elecciones presidenciales y la gobernabilidad que exista, sin embargo, es posible observar, como dato duro, que hay Alcaldes y Concejales que están sustentados por una minoría al verificar el número de ciudadanos habilitados para sufragar, el número que efectivamente sufragó y los votos obtenidos, por ende la legitimidad es al menos feble.   Debe ser difícil encontrar en la ciencia política otro ejemplo en el que buscando una mejor y mayor representación de los ciudadanos, se produzca como efecto de las modificaciones realizadas, uno que se encuentra en las antípodas, en una posición diametralmente opuesta.   Como dato electoral baste recordar que el Presidente Salvador Allende fue electo con un tercio de los votos, el Presidente Piñera fue electo con el 28% .
En medio de todo lo anterior, nos presentan las primarias como mecanismo destinado a superar la deslegitimación del sistema político, como promotor de la participación ciudadana, como atenuador del sistema binominal y eliminador o corrector de las arbitrariedades de las decisiones cupulares de los partidos políticos.
Las primarias existen como mecanismo en Estados Unidos y responden a la tradición política norteamericana.
En la concertación las primarias fueron utilizadas con voto ponderado y previo sistema de inscripción en 1993 para dirimir entre Ricardo Lagos o Eduardo Frei como candidato presidencial; luego en 1999 previo sistema de inscripción para resolver el candidato presidencial del conglomerado, Andrés Zaldívar o Ricardo Lagos; y finalmente, en 2009 para dirimir el candidato presidencial entre Eduardo Frei y José Antonio Gómez, en algunas regiones de Chile y que los mismos dirigentes concertacionistas calificaron como “truchas”.   Estas primarias han sido lo que hoy se denomina convencionales.   En la Derecha no se ha usado este mecanismo.
Durante el año 2012 y previo a las elecciones municipales, hubo primarias para dirimir candidatos a Alcaldes, el caso más patético fue el de Valparaíso, donde Hernán Pinto obtuvo el triunfo con un “acarreo” –facilitación de transporte de electores, como lo llamó el candidato– sin precedentes, incluyendo hasta buses, la contienda terminó con fuertes recriminaciones acusaciones de falta de legitimidad del ganador, finalmente, en las elecciones de octubre Pinto fue ampliamente derrotado por el candidato UDI.
No obstante los procesos anteriores, la ley de primarias debutaba este año, con la posibilidad de que por este mecanismo se resolvieran candidatos presidenciales y al Congreso y es el mismo momento en que comienzan los problemas ¿por qué?   Porque en la Concertación no fueron capaces de superar la lógica de la negociación para repartirlos cupos, por lo que no harán primarias para resolver las disputas para el Congreso, al tiempo que en el Oficialismo la UDI las descarta y resuelve “dedocráticamente” como ha sido habitual y Renovación Nacional, por su parte, sólo someterá 10 distritos a primarias, de los 60, ninguno de los que se resolverá por este mecanismo, son los más apetecidos como Santiago centro, Ñuñoa–Providencia, Valparaíso, ó Viña del Mar, la razón de que esto ocurra es muy simple y se puede sintetizar en lo siguiente:
1)      Los actores políticos estaban más preocupados de hacer un ritual político más que como mecanismo de selección de candidato o de confrontación de ideas.
2)      Las primarias son un acto voluntario que los partidos si quieren se someten a él.
3)      El costo económico de las campañas en primarias lo asumen los propios candidatos, lo que encarece el sistema, peor aún cuando se usa como filtro previo la acción de la Democracia Cristiana que elige a sus candidatos que van a primarias mediante elecciones partidarias que establecen otro mecanismo que encarece el sistema.
4)      Quienes resuelven si se someten a primarias o no a primarias, son las dirigencias de los partidos políticos, no intervienen en dicha decisión ni sus militantes, ni menos aún sus adherentes.
5)      No existe propaganda gratuita en medios de comunicación.
Ahora bien, de mantenerse el sistema actual de primarias como ha sido desarrollado se corre el riesgo de atomizar las militancias partidarias, al punto de que sea totalmente irrelevante formar parte de un partido político, pues la resolución de quiénes serán candidatos se resolverá por la lógica del mercado, en donde más que militantes informados y adoctrinados, se necesitarán consumidores de marketing político, que más preocupados de propuestas programáticas estarán imbuidos del cosismo o de la cuña ante los medios de comunicación.
En conclusión, lo ofrecido hoy no es bueno, no fomenta la participación ni el someterse a primarias, tampoco soluciona la designación de candidatos, que más pasa por la capacidad económica que por hechos políticos.
La solución que algunos han encontrado para esto es someterse a “primarias convencionales” lo que se traduce en que se vuelve al pasado y que a pesar de lo avanzado, si es que se ha avanzado, no se valida como progreso.

sábado, 4 de mayo de 2013

Valparaíso se sigue quemando ¿y las autoridades?

Este año 2013 será un año que quedará marcado literalmente a fuego en la historia de Valparaíso, esto porque sólo ha transcurrido un tercio del año y suman siguen las casas quemadas en Valparaíso ¿por qué? Porque el pasado 14 de febrero se registró un incendio que comienza en San Roque, Barrio Verde, villa Navío San Martín, el que por efecto del viento traspasa la ruta 68, sube por las laderas de Rodelillo, cuando alcanza la parte alta, sigue su avance descontrolado cruza y llega al cerro Placeres, arrojando el saldo de 284 casas quemadas, lo que se suma a las más de 30 hectáreas de bosque, arbustos y pastizales consumidas por el fuego, con más de mil personas damnificadas, más allá de la responsabilidad de la empresa constructora que origina el fuego, fue explicación para su propagación, la alta temperatura, el fuerte viento y la baja humedad que existía aquel día, todos factores que objetivamente influyeron, pero no son los únicos.
Cuando pasaban dos meses de aquel siniestro, en el gobierno se felicitaban por la rápida acción para apoyar a los damnificados y el fosis se ponía de acuerdo con algunos afectados para la compra de máquinas de coser para que sean ocupados en el desarrollo de una labor productiva para colaborar a mitigar los efectos de las pérdidas, suenan nuevamente las sirenas de bomberos el martes 23 de abril, antes de las 13.00 horas, alarmando sobre un incendio forestal que se producía en la parte alta del cerro La Cruz, a diferencia de lo ocurrido en febrero, este incendio de abril se enfrentaba con condiciones climáticas que no le eran propicias, día con vaguada costera, alta humedad (alrededor del 70% a la hora de inicio del incendio)   Con la unidad en camino se advertía de una emergencia de grandes proporciones, por lo que se solicitaba el despacho de más unidades en apoyo.   Al llegar Bomberos al lugar procede a declarar el incendio informando que se trata de 2.0 hectáreas que se quemaban, sin embargo, no fue hasta las 14.30 en que se desató la tragedia el fuego en su avance descontrolado se propaga hacia los cerros La Cruz y Mariposa, comenzando a consumir las primeras viviendas, saldo final según lo informado por el SERVIU 28 casas destruidas, 12 casas con daño menor y 82 damnificados, además de 30 o 40 hectáreas consumidas por el fuego.
¿Y las autoridades dónde están?
Cualquier conocedor de esta hermosa y mágica ciudad puerto, sabe que esta es una ciudad en la que se convive con los incendios, no en vano, es la ciudad en la que se funda el primer Cuerpo de Bomberos de Chile.   Pero sin ánimo de hacer una larga reseña histórica en esta materia, para lo cual hay autores muy calificados, recordemos que en 1994 se produjo en Rodelillo un incendio que consumió 64 viviendas –muchas de las cuales también se quemaron ahora el año 2013–, ya comenzando el siglo se produjo el incendio de Chaparro en el cerro Cordillera, en el que se quemaron 34 viviendas; poco tiempo pasó para tener otro incendio, esta vez en la planchada, en el que se quemaron 21 casas; y en lo que parecía lo máximo, el año 2008 se produce el incendio del cerro La Cruz, con 80 casas quemadas, además de la muerte de un bombero; seguido de otras 19 casas que se quemaron en el cerro Mariposa días después de la Navidad de diciembre de 2009.   Todos los incendios citados tienen como denominador común que comenzaron como incendios forestales, pero su propagación alcanzó viviendas.
La sumatoria de casas destruidas por el fuego a causa de estos incendios, incluyendo el último, arroja la preocupante cifra de 530, por lo que es recomendable comenzar a evaluar otro tipo de responsabilidades, porque una vez fueron niños que querían ver bomberos en acción, otra carboneros que manejaron mal su proceso de fabricación de carbón, en otro caso se de la responsabilidad de una constructora y en otro nuevamente un carbonero, pero la inquietud que corresponde es ¿dónde está la labor de las autoridades? ¿dónde están los planes de prevención? ¿qué dicen los planes reguladores sobre la interfase urbana donde se producen estos incendios? ¿hay ordenanzas que establezcan ciertas restricciones? ¿dónde están los organismos técnicos del aparato Estatal diciendo, al menos, que en ciertos lugares no se debe construir, que es peligroso?   En términos políticos, autoridades actuales culparán a las pasadas, las que a su vez dirán que no completaron sus proyectos o que las medidas de mitigación estaban contempladas, pero que no se implementaron, al menos debidamente.   Por otra parte, algún neófito en la materia dirá que la Ruta 68 era impensable que fuera saltada por el fuego, desconociendo las múltiples veces que ello ha ocurrido, como también el comportamiento del fuego.   Otro dirá, que se trata de un problema cultural, porque quienes viven en “tomas” tienen situaciones no reguladas, lo que se suma a que los porteños vierten su basura en cualquier parte, lo que hace de las laderas de cerros verdaderos basurales que son bombas de tiempo en el verano.
Y mientras la inquietud persiste, vale la pena recordar que Bomberos de Valparaíso el año 2009 hizo la primera campaña de prevención de incendios en Chile, incorporando a las empresas de servicios y a la municipalidad, lo que parece ser sólo un mecanismo de acción, sumado a lo anterior, no resulta iluso pensar en que el Área de Educación de la Corporación Municipal, en uso de sus facultades fije lineamientos curriculares que promuevan en los niños la cultura de la prevención.
Todo mientras esperamos que las autoridades hagan su parte y se atrevan a tomar medidas reales que puedan, no reducir el riesgo a cero, porque eso no existe, pero que puedan minimizarlos.   En definitiva, que no actúen con complacencia electoral o que no teman a no ser electos ellos o quienes los designaron en el cargo, porque de lo contrario, deberemos seguir sumando tragedias de viviendas construidas en zonas de evidente riesgo y que se quemarán por decenas o centenas.

domingo, 31 de marzo de 2013

No basta con ser la señora del César…

En materia de Derecho Privado hay una máxima que dice “el que puede lo más, puede lo menos” pero esto no se repite en todas las ramas del Derecho, en particular no es posible aplicarla en el ámbito del Derecho Penal ¿por qué? Por la aplicación del principio, entre otros, de legalidad, en virtud del cual, a nadie se le puede imponer una pena si esta no está establecida con anterioridad a la perpetración del delito.
En virtud de lo anterior, es posible encontrarse con situaciones como la del Diputado Pedro Velásquez, quien cuando era Alcalde democratacristiano en Coquimbo, fue denunciado por la entonces senadora UDI Evelyn Matthei de fraude al fisco, el Alcalde renunció a su militancia.   Sin embargo, no pudo librarse de las consecuencias de la denuncia de la Senadora, luego de un juicio muy bullado.
Pedro Velásquez, caudillo y emblemático Alcalde fue destituido de su cargo y condenado a la devolución de los dineros defraudados, esto es 150 millones de pesos más intereses.   Además, el Tribunal Oral de La Serena condenó al ex Alcalde a 300 días de presidio remitido; a la inhabilitación perpetua para ejercer el cargo de Alcalde; y, al pago de una indemnización de 165 millones de pesos por el daño causado al municipio.   La condena fue refrendada además por la Corte de Apelaciones de Coquimbo y por la Segunda Sala de la Corte Suprema, a propósito de los diversos recursos procesales hechos valer por la defensa de Velásquez.
Según lo consignado en la prensa, Velásquez aún mantiene una deuda con el municipio coquimbano por $284.241.700.
A la situación procesal reseñada del señor Velásquez, corresponde agregar un juicio de cuentas pendiente que mantiene con la Municipalidad de Coquimbo por 50 millones de pesos por otras situaciones de su administración comunal y un juicio laboral que tiene pendiente por no pago de remuneración a un brigadista de la campaña de su mujer cuando ella fuera candidata a Alcaldesa y Velásquez actuó como su jefe de campaña.
En virtud de todo lo expuesto, el señor Velásquez SÓLO está impedido de ser Alcalde en nuestro país, por lo que podría eventualmente postular y ser elegido como Senador, incluso Presidente de la República o podría ser designado como Intendente Regional.
Volviendo a la actualidad, Pedro Velásquez fue elegido como “Honorable” Diputado el año 2009 con 25.919 votos, lo que le da los mismos derechos y atribuciones que tienen todos los Diputados, ergo, puede ser Presidente u ocupar alguna de las dos vicepresidencias de la Cámara de Diputados, como en los hechos ocurrirá a contar del próximo miércoles 03 de abril, a propósito de las negociaciones de repartirse el período en la testera de la Cámara de Diputados, tal y como ha ocurrido en los últimos 20 años de democracia, no sólo en la Cámara, sino también en el Senado y por congresistas de todos los bloques políticos.
Con todo lo expuesto, cabe hacerse algunas preguntas ¿cómo es posible que alguien que ha sido condenado por fraude al Fisco pueda ocupar lícitamente cargos dentro de un poder del Estado? ¿Cómo se explica que una persona con estos antecedentes sea respaldado por los ciudadanos para ocupar un cargo de representación popular? Si los ciudadanos eligen a alguien que ha cometido delitos para que los represente ¿es posible quejarse de la calidad de los representantes? ¿Se sentirán “Honorables” los Diputados cuando uno de sus vicepresidentes, o sea, uno de los que representa a todos los Diputados y los dirige haya defraudado al Estado de Chile, en su personificación jurídica de Fisco? ¿Estará de acuerdo la ex Senadora, y ahora Ministra del Trabajo, Evelyn Matthei, que denunció a Velásquez cuando era Alcalde y pertenecían a coaliciones antagónicas, que ahora sea la coalición a la que ella pertenece la que respalde al ex Alcalde para ser Vicepresidente de la Cámara de Diputados?
Veremos cómo se aplica en esta situación la máxima que dice que “no basta con ser la señora del César, hay que parecerlo” en el caso concreto de Pedro Velásquez, esperemos sea una voz de alerta para los cambios legales pertinentes que eviten en el futuro que personas que han sido condenadas y a propósito de ello inhabilitadas para el ejercicio de algún cargo público, tampoco se les permita acceder a otras funciones dentro del aparato del Estado, mucho menos cuando no se ha dado estricto y total cumplimiento a la condena que le ha sido impuesta por el Poder Judicial.

(Foto: internet)

martes, 26 de febrero de 2013

¿Y las autoridades?

Este año 2013 será un año, aún cuando no han transcurrido dos meses, difícil de olvidar para este Valparaíso, en especial la fecha del 14 de febrero y es que si bien amanecía como un hermoso día, con cielos despejados y con la preparación de muchos panoramas para dar curso a la celebración del día de los enamorados, la tragedia, que marca la historia de este puerto no tardaría en hacerse presente.
Ya al mediodía los índices de peligrosidad de incendios forestales alertaban lo que vendría, se producía una vez más la conjunción del 30 – 30 – 30 (temperatura cercana a los 30º; Humedad del orden del 30%; y, vientos de 30 nudos).   Con este panorama los servicios de emergencia se preocupaban y alertaban de cara a lo que pudiera ocurrir.   Sin embargo, ni los peores presagios podían prever lo que estaba por suceder.   Y no fue hasta las 15:52 horas de ese día jueves cuando la central de emergencias de Cuerpo de Bomberos de Valparaíso despacha las primeras dos unidades a un incendio forestal del que momentos antes había recibido llamadas de vecinos, la dirección entregada era en San Roque, Barrio Verde, villa Navío San Martín.
Con las unidades en camino se advertía de una emergencia de grandes proporciones, por lo que se solicitaba el despacho de más unidades en apoyo.
Cuando el reloj marcaba las 15:57 Bomberos Valparaíso “declaró” el incendio, lo que en términos prácticos se traduce en que se requiere el apoyo de todos los recursos disponibles en esa emergencia, sin embargo, la movilización de todos los carros y voluntarios de Valparaíso era insuficiente, por lo que se comienza a solicitar refuerzo a otros Cuerpos de Bomberos de la región, también se presentaron efectivos de las fuerzas armadas, Carabineros, Policía de Investigaciones, Conaf, Onemi, Cruz Roja, Municipalidad, etc., no obstante los recursos empleados, el saldo que arroja esta emergencia es de 284 casas quemadas, lo que se suma a las más de 30 hectáreas de bosque, arbustos y pastizales consumidas por el fuego, con más de mil personas damnificadas.
Las responsabilidades
Mientras el fuego aún continuaba campeando en Rodelillo y Placeres y frente a los denodados esfuerzos del personal de Bomberos que combatía a su enemigo fiero e indómito, el Ministerio Público encargaba las primeras diligencias investigativas a Carabineros y, en especial, a la Policía Forestal.
Por otra parte, escenas de vecinos indignados que las emprendían a gritos contra bomberos por lo infructuoso de su esfuerzo y las casas que se seguían quemando.
En los días posteriores, a través de los medios de comunicación se ha seguido la investigación, recogiendo diversas declaraciones de personeros que hablan de personas detenidas, confesas, imputando el delito de obstrucción a la investigación en el caso de los directivos de una empresa constructora, etc., más allá de todo ello, la verdad procesal, es decir, aquella que se acredita en un juicio llevado ante un tribunal, será la que sancionará a la o las personas que hayan dado origen al fuego que causó magna tragedia, como también a quienes no tomaron las medidas para prevenir el daño ocasionado, con lo cual más de alguien podría quedar satisfecho, con mayor razón si se da lugar al pago de indemnizaciones en juicios civiles o mediante algún equivalente jurisdiccional.
Sin embargo, todo lo anterior, no es suficiente ¿por qué?   Porque un conocedor de Valparaíso sabe que esta es una ciudad en la que se convive con la tragedia a diario, principalmente con los incendios, no en vano, es la ciudad en la que se funda el primer Cuerpo de Bomberos de Chile.   Pero sin ánimo de hacer una larga reseña histórica en esta materia, para lo cual hay autores muy calificados, recordemos que en 1994 se produjo en Rodelillo un incendio que consumió 64 viviendas –muchas de las cuales también se quemaron ahora el año 2013–, ya comenzando el siglo se produjo el incendio de Chaparro en el cerro Cordillera, en el que se quemaron 34 viviendas; poco tiempo pasó para tener otro incendio, esta vez en la planchada, en el que se quemaron 21 casas; y en lo que parecía lo máximo, el año 2007 se produce el incendio del cerro La Cruz, con 80 casas quemadas, además de la muerte de un bombero; seguido de otras 19 casas que se quemaron en el cerro Mariposa días después de la Navidad de diciembre de 2009.   Todos los incendios citados tienen como denominador común que comenzaron como incendios forestales, al igual que el del pasado 14 de febrero.
La sumatoria de casas destruidas por el fuego a causa de estos incendios, incluyendo el último, arroja la preocupante cifra de 502 casas quemadas, por lo que es recomendable comenzar a evaluar otro tipo de responsabilidades, porque una vez fueron niños que querían ver bomberos en acción, otra carboneros que manejaron mal su proceso de fabricación de carbón, ahora se habla de una constructora, pero la inquietud que corresponde es ¿dónde está la labor de las autoridades? ¿dónde están los planes de prevención? ¿qué dicen los planes reguladores sobre la interfase urbana donde se producen estos incendios? ¿hay ordenanzas que establezcan ciertas restricciones?   En términos políticos, autoridades actuales culparán a las pasadas, las que a su vez dirán que no completaron sus proyectos o que las medidas de mitigación estaban contempladas.   Por otra parte, algún neófito en la materia dirá que la Ruta 68 era impensable que fuera saltada por el fuego, desconociendo las múltiples veces que ello ha ocurrido, como también el comportamiento del fuego.   Otro dirá, que se trata de un problema cultural, porque quienes viven en “tomas” tienen situaciones no reguladas, lo que se suma a que los porteños vierten su basura en cualquier parte, lo que hace de las laderas de cerros verdaderos basurales que son bombas de tiempo en el verano.
Y mientras la inquietud persiste, por ello vale la pena recordar que Bomberos de Valparaíso el año 2009 hizo la primera campaña de prevención de incendios en Chile, incorporando a las empresas de servicios y a la municipalidad, lo que parece ser un mecanismo de acción, la campaña educativa, la toma de conciencia, sumado a lo anterior, no resulta iluso pensar en que el Área de Educación de la Corporación Municipal, en uso de sus facultades fije lineamientos curriculares que promuevan en los niños la cultura de la prevención.
Todo mientras esperamos que las autoridades hagan su parte y se atrevan a tomar medidas reales que puedan, no reducir el riesgo a cero, porque eso no existe, pero que puedan minimizarlos.   En definitiva, que no actúen con complacencia electoral o que no teman a no ser electos ellos o quienes los designaron en el cargo, porque de lo contrario, deberemos seguir sumando tragedias de viviendas construidas en zonas de evidente riesgo y que se quemarán por decenas o centenas.

viernes, 3 de febrero de 2012

Análisis de la Nueva Ley Marco de Bomberos

Siempre es positivo que exista un ordenamiento legal que regule una actividad, en particular, si se trata de una de tanta importancia como la labor que desarrolla Bomberos, por ello es altamente valorable que Chile haya establecido una Ley Marco para Bomberos, sin embargo, una ley no es buena sólo por existir, sino que corresponde evaluarla en atención a los efectos que produce.
Al analizar la Ley Marco de Bomberos, es preciso tener presente su origen, al respecto, es dable considerar que:
1)      Múltiples han sido los proyectos presentados en el Congreso Nacional sobre Bomberos, siendo muy pocos los que se convirtieron finalmente en ley, por lo que una gran mayoría de ellos se archivó, sin tramitación siquiera.
2)      Preocupación generó en la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos que modificaciones realizadas al Código Civil permitieran la formación de nuevos Cuerpos de Bomberos en lugares donde ya existe uno, como ocurre en comunas como Alto Hospicio y Puerto Montt, en tanto, la Junta promueve mecanismos que prohíban tal situación.
3)      La presentación, por parte del Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de un anteproyecto de Ley Marco para los Bomberos de Chile.
La nueva Ley Marco de Bomberos es un cuerpo normativo compuesto de 14 artículos permanentes más 4 artículos transitorios, abordando materias operativas, de financiamiento, de formación y algunas situaciones especiales.
Aspectos operativos de la Ley Marco de Bomberos
Del articulado de la ley, se desprende que se crea un Sistema Nacional de Bomberos, compuesto por los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Bomberos, cuestión tremendamente positiva.   Además, ratifica lo que ya se establecía en la ley 18.959, esto es, que los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Bomberos son Servicios de Utilidad Pública.
Se establece un sistema de atención gratuito en emergencias que prestará Bomberos a la comunidad, cuestión que no aporta nada en relación a lo que ocurre hoy, sin embargo, con ello se continuará subsidiando a las compañías de seguros en lo que dice relación a la atención prehospitalaria, caso más frecuente es la inmovilización y extricación de lesionados en un accidente de tránsito.
Además se establece la obligatoriedad de que todas las empresas e instituciones del país, públicas o privadas, que tengan la obligación de contar con planes de emergencia contra incendios y,o servicios o brigadas de extinción de incendios, deberán coordinarse con el Cuerpo de Bomberos que atiende su respectiva comuna.   Respecto de esta obligación, mientras Bomberos no tenga capacidad de intervención o fiscalización, se transforma en letra muerta y en un montón de planos y carpetas que se archivan en alguna oficina o bodega.
De igual forma, y algo que ha debido existir desde hace mucho tiempo, es que crea un registro nacional de estadísticas de servicio.   Ciertamente este registro tiene el riesgo de tender a focalizar recursos en sectores en los que se presenten mayor número de emergencias, lo que no siempre tendrá relación directa con la gravedad de los hechos.
Un elemento positivo introducido por la nueva ley es que ante la ocurrencia de una emergencia que afecte a una o más regiones del país, deberá existir una coordinación en cuanto a desplazamiento de apoyo desde otras ciudades, lo que implicará establecer un sistema de comunicación nacional.   Esta situación necesariamente debe ir de la mano con el establecimiento de algo más que una frecuencia nacional, sino que se requiere incorporar, por ejemplo, antenas repetidoras, teléfonos satelitales u otro medio semejante, para lo que se requiere una importante inversión que tienda a evitar que ocurra lo que ocurrió en instituciones fiscales con ocasión del terremoto del 27-F.
Constitución de Cuerpos de Bomberos
Establece dónde y cómo deben existir los Cuerpos de Bomberos, siempre en razón de uno por comuna o agrupación de ellas.   Agregando luego, que en donde se quiera constituir un Cuerpo de Bomberos se requiere el visto bueno de la Junta Nacional de Bomberos, además del cumplimiento de los requisitos legales para la constitución de la persona jurídica.
Ahora bien, si lo que se quiere es constituir un Cuerpo de Bomberos, es pertinente acreditar que no existe otro Cuerpo de Bomberos en la comuna y que se cuenta: con personal capacitado para el servicio; con al menos un carro; y, un local para el funcionamiento.   Claro sí, que estos requisitos deberán ser calificados por la Junta Nacional, no estableciendo la ley un mecanismo que permita impugnar el pronunciamiento de este organismo, en caso de ser adverso.
En atención a los requisitos establecidos para la constitución de un nuevo Cuerpo de Bomberos en una comuna, cabe tener presente que, no podrá constituirse una organización que se llame “Cuerpo de Bomberos”, pero sí se podrá constituir otra cualquiera, que no importando como se llame, podrá desarrolle la misma labor.   En consecuencia, lo que se logra proteger es la marca de Bomberos, empero no la función o actividad.
Relación de Bomberos con el Gobierno
En cuanto a la relación de Bomberos con el gobierno, se coordinarán a través del Ministerio del Interior, lo que parece de toda lógica siendo este Ministerio de Interior y Seguridad Pública, sin embargo, dos consideraciones al respecto: por una parte la cartera de interior tiene una recarga de funciones del orden político –coordinar políticamente al gabinete, subrogar al Presidente de la República en los casos previstos en la Constitución y las leyes, ser responsable de la seguridad pública, cuestión primordial es la prevención del delito, etc.– por lo que parece más recomendable una relación, al menos en los aspectos operativos, con la Oficina Nacional de Emergencias, no obstante, seguramente se terminará radicando en la subsecretaría.
Un aspecto que aparece como novedoso, pero que en la práctica tiene larga data, es que establece la posibilidad de que el Sistema Nacional de Bomberos asesore técnicamente a los órganos de la administración del Estado y a las instituciones del sector privado que así lo requieran, gratuita o remuneradamente.
Financiamiento de Bomberos
En cuanto al financiamiento, se fijan como recursos para Bomberos los que se otorguen por la Ley de Presupuesto de la nación, cuestión que ya existe, sin embargo, el defecto del sistema, es que el presupuesto queda anualmente entregado al criterio, opinión, o mejor parecer del gobierno de turno, y en estricto rigor, al Ministro de Hacienda correspondiente, recordemos que para el presente año redujo un 3% el presupuesto de CONAF.   Por lo que en atención a lo señalado, se puede estimar que se asegura la mención en la Ley de Presupuestos, pero no se asegura continuidad ni cantidad necesaria de recursos.
Además establece la existencia de otros aportes que pueden percibir los Cuerpos de Bomberos de Gobiernos Regionales, Municipalidades, recursos que ya se perciben por los Cuerpos de Bomberos de Chile, lo mismo que los recursos que menciona la nueva ley de donaciones o aportes que se reciban de personas naturales o jurídicas, ya sean públicas o privadas y de participación en sociedades, cuestión que también era posible antes de esta nueva ley.
En cuanto a la rendición de cuenta de los fondos, tanto la Junta Nacional como los Cuerpos de Bomberos deberán dar cuenta a la subsecretaría de Interior de los fondos públicos, como ya se hace.   Sin embargo, un elemento novedoso es que la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile deberá rendir cuenta anual de todos sus ingresos y gastos, a la Subsecretaría del Interior, al término del primer cuatrimestre del año siguiente, mediante estados financieros auditados por auditores externos, remitiendo copia de los mismos a los Ministerios de Hacienda y Justicia y a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, los oficios o informes que corresponde que se envíen a las Comisiones del Congreso en forma periódica, habitualmente no tienen efecto, ya que no hay personal especialmente dedicado a su revisión.
Además, cada Cuerpo de Bomberos deberá presentar su correspondiente rendición de cuenta anual mediante balance de ingresos y gastos antes del 31 de marzo del año siguiente a lo que será ahora su órgano superior, esto es, la Junta Nacional de Bomberos.
Personal voluntario y Bienes de Bomberos
Le otorga la Ley Marco de Bomberos a la Academia Nacional de Bomberos, la facultad de determinar las competencias mínimas que deberán cumplir las personas para el desempeño de la función de bombero, lo que obviamente es relevante a objeto de estandarizar un nivel mínimo, sin embargo, esta facultad que parece obvia, debiera tener ciertas limitaciones o restricciones que la ley no establece, puesto que existe un número importante de voluntarios de bomberos que nunca han ido a un incendio, ni han asistido a capacitación alguna, sino que tienen la calidad de bombero como título honorífico, es el caso de Alcaldes, Senadores, Diputados, Sacerdotes, etc., es pertinente considerar que la ley no resuelve que sanción existe en caso de incumplimiento.
Constituye una novedad y un aporte la inembargabilidad de equipos y herramientas de propiedad de los Cuerpos de Bomberos, necesarias para el cumplimiento de sus funciones, pero crea un vacío, cual es de que manera se asegura el cumplimiento, por ejemplo, de obligaciones laborales del personal rentado de Bomberos.
Del mismo modo, crea un Registro Nacional de Vehículos de Bomberos, el cual estará a cargo de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile y en el que los Cuerpos de Bomberos deberán registrar todos los vehículos que posean o que incorporen al servicio bomberil debiendo mantener dicha información actualizada.
Establece un plazo, desde la entrada en vigencia de la ley, para que el Registro Civil e Identificación proceda a practicar sin costo para el requirente, la inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados de todos aquellos vehículos usados de propiedad de los Cuerpos de Bomberos que, a la fecha de publicación de esta ley, no se encuentren debidamente inscritos y que estén destinados exclusivamente a uso del servicio bomberil.
Del mismo modo, los Cuerpos de Bomberos deberán informar a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile los vehículos motorizados de que dispongan y actualizarla al 31 de diciembre de cada año.
Facultad de la Junta Nacional sobre los Cuerpos de Bomberos
Un elemento importante es que ante una acción de un Cuerpo de Bomberos que haga peligrar la continuidad o la administración del servicio bomberil, implique la paralización de éste o comprometa la imagen de los Cuerpos de Bomberos frente a la ciudadanía, la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, a petición fundada del Ministro del interior y Seguridad Pública, del Ministro de Justicia, de un Intendente Regional o Gobernador Provincial, elaborará un informe sobre la situación denunciada a la autoridad solicitante, estando facultada para realizar visitas e inspecciones a él o los Cuerpos de Bomberos que aparezcan involucrados en los hechos denunciados por la autoridad, pudiendo imponerse de toda su documentación interna, y recomendar las medidas que permitan la solución del conflicto.   Agrega la ley que se evacuará un informe de lo obrado y de las medidas recomendadas, y en caso de no ser posible la solución del conflicto a través de las medidas propuestas, propondrá a la autoridad respectiva la adopción de medidas que estime pertinentes para la solución del conflicto.   Copia del informe será remitido al Ministerio de Justicia para la adopción de medidas que resulten en derecho procedentes.
Al respecto de este punto, la ley no establece criterios, por lo que los casos concretos que se presenten los establecerá, del mismo modo, queda plateada la duda de si ante una situación incómoda, como hace algunos años el Cuerpo de Bomberos de Valparaíso, realizó una manifestación callejera, solicitando se pagarán dineros adeudados por el Estado, los que correspondías a reembolsos de gastos realizados por Bomberos y que buscaban reponer material dañado, cabe consignar que el atraso era de más de un año, lo que dificultaba el servicio.

jueves, 3 de noviembre de 2011

Sobre protección a la Maternidad

La legislación laboral chilena, progresivamente ha ido estableciendo derechos de descanso, subsidios y fueros a todas las trabajadoras embarazadas de nuestro país, también ha incorporado descansos papa los padres trabajadores por el nacimiento de un hijo, y finalmente ha establecido subsidios para la madre o padre trabajador en tanto tengan a su cuidado el menor.
En virtud de lo anterior, empresas e instituciones públicas y privadas, centros comerciales, malls, supermercados, tanto en casas matriz, sucursales o faenas deben sujetarse al cumplimiento de la normativa.
En virtud de esta normativa, la madre trabajadora tendrá derecho a:
v  Prenatal: que se produce seis semanas antes del parto.
v  Posnatal: que corresponde a las doce semanas después del parto.
v  Postnatal parental: doce o dieciocho semanas (dependiendo de si la madre se queda en casa o si regresa a trabajar por media jornada) después del postnatal recién mencionado.
No obstante los plazos señalados, estos plazos se podrán ampliar,  pero para que ello ocurra, debemos estar en presencia de ciertos y determinados casos, a saber:
v  Descanso prenatal suplementario: en caso de enfermedad durante el embarazo.
v  Descanso prenatal prorrogado (parto tardío): en caso de que el parto se produjera después del descanso prenatal (6 semanas). Este descanso se extenderá hasta el nacimiento del niño/a y a partir de esa fecha se contará el descanso postnatal.
v  Descanso postnatal suplementario: en caso de enfermedad como consecuencia del parto.
o   Si el niño o niña nace antes de la semana 33 de gestación, o si nace pesando menos de 1.500 gramos, el descanso postnatal será de 18 semanas.
o   En caso de partos múltiples, el descanso se extiende siete días por cada niño a partir del segundo.
Si ocurren estas dos circunstancias simultáneamente, el descanso será el de mayor duración.
Claramente el estar en presencia de alguna de estas situaciones no será suficiente, pues se requerirá además, la certificación del médico tratante.
En cuanto a los derechos que tienen los varones, en su calidad de padres, encontramos los siguientes:
v  Permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto en días corridos, o distribuirlos dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento.
v  Permiso pagado de cinco días en caso de que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde la sentencia definitiva que le otorgó el derecho.
v  Permiso postnatal parental, si es que la madre decide traspasarle semanas, pudiendo traspasar un máximo de seis semanas a jornada completa; pero si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada. En ambos casos, las semanas utilizadas deben ser las semanas finales del período de descanso y habrá derecho a un subsidio en base a sus remuneraciones con un tope de 66 UF.
v  Derecho a sala cuna mantenida o financiada por la empresa en que trabaja, si es que ya es exigible al empleador (es decir, si en la empresa ya hay 20 ó más trabajadoras mujeres) y si, por sentencia judicial, se le ha confiado el cuidado personal de un menor de dos años.
En caso de muerte de la madre durante el parto o el período posterior a éste, corresponderá al padre cumplir el permiso postnatal o el resto de él para el cuidado del hijo, el fuero maternal y el subsidio correspondiente.
Ahora bien, todo lo anterior está referido al caso de nacimiento de un hijo, pero nuestro legislador no ha olvidado a aquellos que se convierten en padres por vía de adopción, por lo que es pertinente señalar que todos los derechos de permisos y subsidios maternales también se aplican a los casos de adopción, tuición o cuidado personal de menores, siempre que se presente la resolución judicial correspondiente.
Otros permisos que protegen la maternidad y básicamente los hijos, son aquellos que dicen relación con el caso de enfermedad grave de hijos menores de un año, en tal situación:
v  Si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre, tiene derecho al permiso y subsidio.
v  El trabajador/a que tenga a su cargo el cuidado de un menor de edad, por habérsele otorgado judicialmente la tuición o el cuidado personal como medida de protección, o en virtud de lo previsto en la ley de adopción, tendrá derecho al permiso posnatal parental.
v  Si el menor tiene menos de seis meses, habrá derecho a posnatal de 12 semanas más el permiso posnatal parental.
v  La madre trabajadora tiene derecho a un permiso de diez jornadas ordinarias de trabajo al año, distribuidas a elección del trabajador en jornadas completas, parciales o combinadas, cuando tenga un hijo menor de 18 años con accidente grave o con una enfermedad terminal en su fase final o enfermedad grave, aguda y con probable riesgo de muerte (acreditadas mediante certificado otorgado por el médico que tenga a su cargo la atención del menor).   Si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre, tiene derecho al permiso.   Las horas deben ser restituidas por el trabajador mediante imputación a su próximo feriado anual (vacaciones) o laborando horas extraordinarias, o en la forma que convengan trabajador y empleador.